Habilitados Nacionales

Noticias y análisis para secretarios, interventores y tesoreros de Administración Local. Blog de David Povedano, secretario de Ayuntamiento.

Micropueblos y secretarios compartidos: ¿cooperar o repartir la escasez?

En un pueblo de 300 habitantes el secretario es, a la vez, el que informa el pleno, el que lleva la contabilidad, el que tramita la licencia y el que explica al vecino por qué no puede hacer la obra. Cuando ese secretario no existe, el ayuntamiento no se detiene: se detiene la legalidad. Y la pregunta incómoda es si lo que hacemos para evitarlo es cooperar o, simplemente, repartir la escasez.

Lo digo como secretario que ha empezado en un pueblo pequeño y sabe lo que se aprende allí. Pero también sabe lo que cuesta.

Tres fórmulas, tres lógicas distintas

El Real Decreto 128/2018 ofrece tres caminos. Agrupación (art. 9.1): entidades con volumen de servicios o recursos insuficiente pueden sostener en común el puesto de Secretaría; las agrupaciones las acuerda la comunidad autónoma, con informe previo de la diputación o ente supramunicipal. Exención (art. 10.1): para entidades de menos de 500 habitantes y presupuesto inferior a 200.000 euros, cuando no es posible agruparse; las funciones pasan a los servicios de asistencia o a una acumulación, y el art. 10.3 obliga a pedir la revocación si desaparecen las circunstancias que la justificaron. Y acumulación (art. 50): un habilitado que ya ocupa un puesto ejerce además funciones en otra entidad, solo si no ha sido posible un nombramiento provisional o una comisión de servicios, y con una gratificación máxima del 30 % de las retribuciones fijas del puesto principal, sin trienios.

Lo que dicen los datos (con cautela)

Raquel Galindo Caldés, en su estudio de 2022 sobre el empleo público en los pequeños municipios, recoge datos del Observatorio Pi i Sunyer de 2020 referidos a Cataluña: en los municipios de menos de 500 habitantes, el 71 % comparte secretario-interventor, y el 60,2 % recibe apoyo del consejo comarcal o la diputación. Ojo: son datos catalanes y de hace unos años, no una radiografía de toda España. Pero el patrón lo reconoce cualquiera que trabaje en el mundo local: en lo pequeño, lo normal es compartir.

Mi opinión: compartir no es lo mismo que cooperar

Reconozco lo que funciona: una agrupación bien montada da estabilidad y permite que un funcionario de carrera sustituya a una cadena de interinos. Pero fíjate en la paradoja: cuando el secretario se divide entre tres ayuntamientos, cada alcalde recibe un tercio de un profesional. Y si la acumulación es un parche pensado para ser temporal, ¿cuántas llevan años siéndolo?

En mi opinión, el problema no es la fórmula, sino que usamos la gestión de la escasez como si fuera un modelo. Defiendo, como ya he escrito en otros foros, estructuras supramunicipales estables, con equipos y no con personas sueltas, donde el habilitado ejerza su función con independencia real. Compartir secretario es un buen comienzo; compartir una oficina, con medios, sería otra cosa.

Qué hacer mientras tanto

  • Si tu entidad está exenta, revisa si siguen dándose los requisitos del art. 10: la revocación no es opcional.
  • Si acumulas, documenta que se intentó antes el nombramiento provisional o la comisión de servicios.
  • Si eres alcalde o alcaldesa, pregunta a tu diputación qué asistencia puede ofrecer antes de dar por perdida la agrupación.

¿Cooperación o reparto de la escasez? Os leo en los comentarios: aquí hay debate del bueno.

Fuentes

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